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El rescate de personas que pertenecen a Dios

27 Dios ordenó a Moisés que les diera a los israelitas las siguientes instrucciones:

«Cuando alguien quiera liberar a una persona que pertenece a Dios, deberá pagar las siguientes cantidades, que están calculadas según la moneda de plata que se usa en el santuario:

Por un varón de veinte a sesenta años, cincuenta monedas.

Por una mujer de la misma edad, treinta monedas.

Por un varón de cinco a veinte años, veinte monedas.

Por una mujer de la misma edad, diez monedas.

Por un niño de un mes a cinco años, cinco monedas.

Por una niña de la misma edad, tres monedas.

Por un varón de más de sesenta años, quince monedas.

Por una mujer de la misma edad, diez monedas.

»Si la persona es demasiado pobre para pagar esa cantidad, podrá presentarse ante el sacerdote para que él le fije una cantidad menor que sí pueda pagar.

El rescate de todo lo dedicado a Dios

»Los animales que se hayan apartado como ofrenda especial para mí, 10 no podrán ser cambiados por otro animal, pues al cambiar un animal por otro, los dos animales quedan dedicados.

11 »En caso de que el animal que se haya separado esté dentro de la lista de animales impuros, se deberá llevar ante el sacerdote 12 para que él le ponga un precio. Ese precio no podrá ser cambiado, 13 y en caso de que alguien quiera recuperar su animal, tendrá que pagar un veinte por ciento más.

14 »Si alguien me dedica una casa, el sacerdote le pondrá un precio. Ese precio no podrá ser cambiado, 15 y si alguien quiere recuperar su casa, tendrá que pagar un veinte por ciento más.

16 »Si alguien me dedica un terreno de su propiedad, su precio se calculará según la cantidad de semilla que pueda sembrarse en él, y se pagarán cincuenta monedas de plata por cada doscientos veinte kilos de semilla de cebada.

17 »Si esa persona me dedica el terreno en el año de liberación, el precio establecido no podrá ser cambiado. 18 Una vez pasado ese año, el precio se establecerá según los años que falten para el próximo año de liberación.

19 »Si la persona que me dedicó el terreno quisiera rescatarlo, tendrá que pagar un veinte por ciento más del valor establecido. 20 Pero debe hacerlo antes de que el terreno sea vendido a otro, o de lo contrario no podrá recuperarlo. 21 Cuando el terreno sea liberado en el año de liberación, pasará a ser propiedad de los sacerdotes, pues se trata de algo que me fue ofrecido de manera especial.

22 »Si alguien me dedica un terreno que no es de su propiedad familiar sino que lo compró de otra persona, 23 el sacerdote contará los años que faltan hasta el próximo año de liberación, y ese mismo día la persona pagará el precio que el sacerdote establezca. 24 Cuando llegue el año de liberación, el terreno volverá a ser propiedad de su verdadero dueño.

25 »Todos estos precios se calcularán según la moneda de plata que se usa en el santuario, la cual pesa once gramos.

Casos especiales

26 »Nadie podrá dedicarme la primera cría de sus vacas o de sus ovejas, porque de todos modos toda primera cría me pertenece.

27 »Si el animal que se ofrece está en la lista de animales impuros, el dueño podrá rescatarlo. En ese caso, deberá pagarse el precio establecido, más un veinte por ciento. En caso de que no sea rescatado, podrá venderse en el precio fijado.

28 »No se podrá vender nada de lo que haya sido dedicado a mí, pues se trata de algo muy especial. Será como si esa ofrenda hubiera sido destruida. 29 Esto vale también para las personas que sean dedicadas a mi servicio.

30-32 »La décima parte de lo que produzcan los campos sembrados y los árboles frutales me pertenece. También me pertenece la décima parte de los ganados y de los rebaños. El que quiera recuperar algo de esa décima parte, tendrá que pagar un veinte por ciento más del precio establecido.

33 »Nadie debe quedarse con los animales buenos y presentarme los animales malos. Si lo hacen, tanto los buenos como los malos serán míos, y no podrán ser rescatados».

34 Éstos son los mandamientos que Dios le dio a Moisés en el monte Sinaí, para los israelitas.

Cosas consagradas a Dios

27 Habló Jehová a Moisés, diciendo: Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando alguno hiciere especial voto a Jehová, según la estimación de las personas que se hayan de redimir, lo estimarás así: En cuanto al varón de veinte años hasta sesenta, lo estimarás en cincuenta siclos de plata, según el siclo del santuario. Y si fuere mujer, la estimarás en treinta siclos. Y si fuere de cinco años hasta veinte, al varón lo estimarás en veinte siclos, y a la mujer en diez siclos. Y si fuere de un mes hasta cinco años, entonces estimarás al varón en cinco siclos de plata, y a la mujer en tres siclos de plata. Mas si fuere de sesenta años o más, al varón lo estimarás en quince siclos, y a la mujer en diez siclos. Pero si fuere muy pobre para pagar tu estimación, entonces será llevado ante el sacerdote, quien fijará el precio; conforme a la posibilidad del que hizo el voto, le fijará precio el sacerdote.

Y si fuere animal de los que se ofrece ofrenda a Jehová, todo lo que de los tales se diere a Jehová será santo. 10 No será cambiado ni trocado, bueno por malo, ni malo por bueno; y si se permutare un animal por otro, él y el dado en cambio de él serán sagrados. 11 Si fuere algún animal inmundo, del que no se ofrenda a Jehová, entonces el animal será puesto delante del sacerdote, 12 y el sacerdote lo valorará, sea bueno o sea malo; conforme a la estimación del sacerdote, así será. 13 Y si lo quisiere rescatar, añadirá sobre tu valuación la quinta parte.

14 Cuando alguno dedicare su casa consagrándola a Jehová, la valorará el sacerdote, sea buena o sea mala; según la valorare el sacerdote, así quedará. 15 Mas si el que dedicó su casa deseare rescatarla, añadirá a tu valuación la quinta parte del valor de ella, y será suya.

16 Si alguno dedicare de la tierra de su posesión a Jehová, tu estimación será conforme a su siembra; un homer de siembra de cebada se valorará en cincuenta siclos de plata. 17 Y si dedicare su tierra desde el año del jubileo, conforme a tu estimación quedará. 18 Mas si después del jubileo dedicare su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme a los años que quedaren hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación. 19 Y si el que dedicó la tierra quisiere redimirla, añadirá a tu estimación la quinta parte del precio de ella, y se le quedará para él. 20 Mas si él no rescatare la tierra, y la tierra se vendiere a otro, no la rescatará más; 21 sino que cuando saliere en el jubileo, la tierra será santa para Jehová, como tierra consagrada; la posesión de ella será del sacerdote. 22 Y si dedicare alguno a Jehová la tierra que él compró, que no era de la tierra de su herencia, 23 entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu precio señalado, cosa consagrada a Jehová. 24 En el año del jubileo, volverá la tierra a aquel de quien él la compró, cuya es la herencia de la tierra. 25 Y todo lo que valorares será conforme al siclo del santuario; el siclo tiene veinte geras.

26 Pero el primogénito de los animales, que por la primogenitura es de Jehová, nadie lo dedicará; sea buey u oveja, de Jehová es. 27 Mas si fuere de los animales inmundos, lo rescatarán conforme a tu estimación, y añadirán sobre ella la quinta parte de su precio; y si no lo rescataren, se venderá conforme a tu estimación.

28 Pero no se venderá ni se rescatará ninguna cosa consagrada, que alguno hubiere dedicado a Jehová; de todo lo que tuviere, de hombres y animales, y de las tierras de su posesión, todo lo consagrado(A) será cosa santísima para Jehová. 29 Ninguna persona separada como anatema podrá ser rescatada; indefectiblemente ha de ser muerta.

30 Y el diezmo de la tierra, así de la simiente de la tierra como del fruto de los árboles, de Jehová es; es cosa dedicada a Jehová. 31 Y si alguno quisiere rescatar algo del diezmo, añadirá la quinta parte de su precio por ello. 32 Y todo diezmo de vacas o de ovejas, de todo lo que pasa bajo la vara, el diezmo será consagrado a Jehová. 33 No mirará si es bueno o malo, ni lo cambiará; y si lo cambiare, tanto él como el que se dio en cambio serán cosas sagradas; no podrán ser rescatados.(B)

34 Estos son los mandamientos que ordenó Jehová a Moisés para los hijos de Israel, en el monte de Sinaí.