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Ley para la restitución

El Señor habló con Moisés, y le dijo:

«Di a los hijos de Israel que el hombre o la mujer que cometa alguno de todos los pecados con que se suele pecar contra mí, deberá confesar el pecado cometido y compensar a la persona afectada por el daño, añadiendo a la compensación una quinta parte. Si la persona afectada no tiene ningún pariente al que pueda resarcirse por el daño causado, la compensación por el agravio se me entregará a mí por medio del sacerdote, además del carnero de la expiación, con el cual el sacerdote hará expiación por él.»(A)

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Ley sobre la restitución

Además habló Jehová a Moisés, diciendo: Di a los hijos de Israel: El hombre o la mujer que cometiere alguno de todos los pecados con que los hombres prevarican contra Jehová y delinquen, aquella persona confesará el pecado que cometió, y compensará enteramente el daño, y añadirá sobre ello la quinta parte, y lo dará a aquel contra quien pecó. Y si aquel hombre no tuviere pariente al cual sea resarcido el daño, se dará la indemnización del agravio a Jehová entregándola al sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con el cual hará expiación por él.(A)

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